En México, la trata de personas es uno de los delitos más impunes, porque está atrapado en la oscuridad de la no denuncia y el temor a la autoridad. La realidad es que sólo uno de cada 10 de esos crímenes es denunciado, y menos del 60 por ciento llega a una sentencia, indicó Mario Luis Fuentes, integrante de la Junta de Gobierno de la UNAM. Continue reading En México sólo uno de cada 10 delitos de trata de personas es denunciado-UNAM→
Constituye la esclavitud del siglo XXI e implica la violación de los derechos humanos.
• Constituye la esclavitud del siglo XXI e implica la violación de los derechos humanos y un atentado contra la vida, integridad, libertad y dignidad, advirtió Dolores Muñozcano, académica de la FCPyS de la UNAM
• Es una de las actividades delictivas más lucrativas del mundo, a la par del narcotráfico y la venta ilegal de armas, expusieron expertos en la entidad universitaria
El tráfico de personas con fines de explotación sexual constituye una de las actividades delictivas más lucrativas del mundo, a la par del narcotráfico y la venta ilegal de armas. Para erradicar este atentado contra los derechos humanos se requieren, sobre todo, acciones preventivas y de atención a las víctimas, superar las carencias e insuficiencias en el ámbito legislativo y estudios multidisciplinarios para atender sus causas, coincidieron académicos y especialistas en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales (FCPyS) de la UNAM.
Constituye la esclavitud del siglo XXI e implica la violación de los derechos humanos y un atentado contra la vida, integridad, libertad y dignidad, con un claro componente de género, al ser las mujeres las principales víctimas, advirtió Dolores Muñozcano, integrante del Centro de Estudios Sociológicos de esa facultad.
Son vendidas como un objeto para prostituirlas, muchas veces engañadas con la promesa de una vida mejor o de matrimonio. Al estar sometidas a las mafias del tráfico, están expuestas a la violencia y al abuso sexual, del que derivan diversos daños, alertó.
En México no contamos con cifras o estadísticas reales del fenómeno. Aquí, el tráfico de personas no es exclusivamente con fines sexuales, además se orienta a la utilización de niños para la mendicidad, adopciones ilegales y mercado de órganos, sostuvo en el auditorio Ricardo Flores Magón, de la FCPyS.
Las mafias de la prostitución son capaces de lucrar con las personas como si fueran una mercancía, con clientes que ejercen una doble moral y una sociedad que prefiere ponerse la venda e incluso considera el asunto como un mal menor y, además, necesario, subrayó Muñozcano.
Atención a víctimas
Verónica Caporal, consultora en género, consideró necesario diseñar esquemas de atención a las mujeres en contextos de prostitución, basados en sus condiciones de vida y los factores de vulnerabilidad a los que están expuestas.
Hay que trabajar para que se asuman como ciudadanas que pueden ejercer sus derechos o reducir el daño infligido por sus explotadores. Para abolir su esclavitud sexual se requieren cambios profundos que erradiquen la violencia feminicida en todos los ámbitos, apuntó.
A su vez, Erick López, investigador de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, mencionó que en el ámbito legislativo persisten carencias y en los estudios antropológicos, sociológicos y jurídicos se registran insuficiencias.
La trata no es sinónimo de lenocinio, es sólo una modalidad en la mayoría de los casos vinculada a la delincuencia organizada transnacional, subrayó.
Antes que estrategias para perseguir y sancionar los delitos implicados, se requieren esquemas de prevención orientados a las víctimas. La dificultad radica en que no existen programas académicos diseñados con este enfoque, concluyó.
En el marco del “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer” el Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad, la “Ley para la prevención del Delito de Trata de Personas y para la Protección y asistencia de sus Víctimas del Estado de Puebla”.
Tras un trabajo de más de 10 meses, la entidad poblana contará con una norma legal a la vanguardia al incluir en sus ordenamientos jurídicos la prevención, persecución y protección a las víctimas mediante la incorporación de 14 conductas sancionables tales como: conseguir, inducir, procurar, promover, facilitar, reclutar, solicitar, mantener, captar, ofrecer, trasladar, transportar entregar o recibir.
Por tal motivo, este lineamiento representa un gran avance en la sociedad que tiene como fin prevenir la Trata; atender, proteger y rehabilitar a las víctimas de este delito, además de fomentar la participación ciudadana.
A la par, los legisladores reformaron el Código de Defensa Social poblano para establecer sanciones a quien transgreda la ley, con penas que van desde los 6 años a los 15 años de prisión, así como multas que parten desde los dos mil hasta los 15 mil días de salario mínimo, dependiendo del caso y sus agravantes.
Cabe destacar que esta Ley cuenta con 40 artículos, divididos en 7 Capítulos.
En el primer capítulo se establecen las disposiciones generales; el capítulo segundo tiene como finalidad prevenir las conductas del delito de Trata de Personas; en el capítulo tercero se crea una Comisión Interinstitucional para la Prevención del delito de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de sus Víctimas; el capítulo cuarto establece el Programa Estatal para la Prevención del Delito de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de sus Víctimas; en el capítulo quinto la materia de protección y asistencia; el capítulo sexto detalla las reglas que seguirá la reparación del daño y por último, esta Ley contempla un séptimo capítulo destinado a la participación de la ciudadanía en las acciones contra la Trata de Personas, la identificación y asistencia a víctimas de este delito.
Créditos: Comunicado 974 del H. Congreso del Estado de Puebla.
Fotografía: Sabersinfin.com
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